El Gobierno Provincial anunció nuevas pautas de aislamiento

– Las personas que no siendo residentes de la provincia de Santa Fe, ingresen a la misma no estando
meramente de tránsito, sino con la finalidad de quedarse, deben observar las medias de aislamiento
social, preventivo y obligatorio, por un período de 14 días.
– Las personas residentes en la provincia de Santa Fe, que por el ejercicio de actividades habilitadas
viajen en forma ocasional o frecuente a alguna de las zonas definidas como de circulación local del
COVID-19 (departamento San Fernando en la provincia de Chaco / Rawson en la provincia de Chubut
/ departamento de Bariloche y General Roca en la provincia de Río Negro / ciudad de Córdoba y su
aglomerado urbano en la provincia de Córdoba / 40 municipios que integran el Área Metropolitana
de Buenos Aires), no podrán realizar las actividades habilitadas en la actual fase de distanciamiento
social, preventivo y obligatorio, a saber:

1. Actividades religiosas individuales o reuniones y celebraciones del mismo carácter con
concurrencia de hasta diez (10) personas en forma simultánea en iglesias, templos y lugares de
culto;

2. Actividades deportivas, impliquen o no contacto físico entre los participantes;

3. Reuniones con familiares y personas vinculadas afectivamente;

4. Concurrencia a bares y restaurantes, cementerios, museos, bibliotecas y lugares recreativos de
divulgación científica;

5. Pesca deportiva y recreativa en la modalidad desde costa y embarcados, navegación recreativa y
actividades de guarderías náuticas y clubes deportivos vinculados a las mismas;

6. Enseñanza y aprendizaje de expresiones y disciplinas artísticas;

7. Actividad artística y artesanal a cielo abierto, en plazas, parques y paseos;

8. Salidas breves para caminatas de esparcimiento, en beneficio de la salud y el bienestar psicofísico.

– Las personas residentes en otras provincias provenientes de zonas definidas como de circulación
local del coronavirus (COVID-19) por el Ministerío de Salud de la Nación, que ingresen de marera
frecuente, periódica u ocasional a la provincia de Santa Fe con habilitación para circular para el
ejercicio de actividades habilitadas, sin encontrarse meramente en tránsito, mientras dure su
permanencia en ésta deberán observar las mismas pautas generales de conducta mencionadas en
el párrafo precedente.

– Las personas comprendidas en los supuestos mencionados, al regresar a la provincia deben
realizarlo con permiso solicitado a través de la aplicación COVID-19 Provincia de Santa Fe, en la que
completarán la declaración jurada de salud y consentimiento de cumplir con las medidas dispuestas.

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