Programas para la incorporación de personal

Desde el Centro Comercial e Industrial informamos que la Oficina de Empleo del Gobierno de Venado Tuerto dispone de una amplia base de datos de diferentes perfiles laborales (oficios, con cursos, profesionales, universitarios) que permiten a las empresas de la Ciudad iniciar procesos de reclutamiento y selección de personal. Cabe aclarar, que se trata de un servicio totalmente gratuito, en todas sus líneas.

A su vez, la Municipalidad cuenta con 3 programas para la incorporación de personal.

 

  • Entrenamientos Laborales

La empresa puede contratar a un aprendiz para un puesto por 4 horas por día, en el rango de 5:00 a 22:00 horas, de lunes a viernes, en una duración no mayor a 6 meses. El empleado cobrará una asignación de $7.500, que se paga en forma total o proporcional por el Ministerio de Trabajo, según el tamaño de la empresa.

El entrenamiento no genera relación laboral (puede darse la baja o el reemplazo del entrenado sin costo alguno) y una vez finalizado el entrenamiento solo se requiere de la Empresa un certificado sobre las tareas realizadas por los participantes del programa.

La empresa posee la obligación de comprometerse, durante todo el período del entrenamiento, con:

-Cobertura Médica Obligatoria (plan médico obligatorio).

-Seguro de Accidentes Personales.

La remuneración corresponde una parte a la Empresa y otra es subsidiada por el MTEySS.- Los montos varían según el tamaño de Empresa.

Documentación que se firma:

-Presentación del proyecto (datos de la empresa, postulante y el tutor,  actividades a realizar)

-Acuerdo de entrenamiento

-Formuario REGICE+ Forma jurídica de la empres a + Represente legal en base al estatuto + Constancia de inscripción AFIP

Pueden participar Micro, pequeñas, medianas o grandes empresas que no posean sanciones por trabajo no registrado ni hayan realizado despidos masivos en los últimos 6 meses.

Responsabilidades de la empresa:

Designar un tutor/a cada 10 trabajadores/as para acompañar al aprendiz.

Entregar un certificado al aprendiz luego de concluido el proyecto.

Garantizar una cobertura de accidentes personales y de salud para los/as trabajadores/as.

Firmar un Acuerdo de Entrenamiento con el aprendiz. Durante el proceso de aprendizaje no se establece relación laboral entre el trabajador y la empresa, mientras dure el entrenamiento.

  • PIL

Los trabajadores incorporados al Programa de Inserción Laboral percibirán en forma directa una ayuda económica mensual a cargo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad  Social.

Los empleadores adherentes al Programa podrán contabilizar como parte del salario la ayuda económica mensual a cargo del Ministerio de Trabajo y abonaran a los trabajadores contratados, como mínimo, la diferencia necesaria para alcanzar el salario establecido para la categoría laboral que corresponda, de acuerdo con las normas legales y convencionales que resulten aplicables.

La ayuda económica mensual a cargo del Ministerio  deberá ser incluida como parte de la remuneración para el cálculo de las contribuciones patronales y los aportes personales a ingresar a los institutos de la seguridad social.

La ayuda económica abonada a los trabajadores incluidos en el Programa de Inserción Laboral constituye un subsidio al empleo y no configura vínculo laboral con el Ministerio de Trabajo, ni genera su responsabilidad solidaria respecto de las obligaciones que son propias del empleador.

El programa tiene una duración máxima de 9 meses.

Podrán adherir a la línea de Promoción del Empleo Asalariado en el Sector Privado:

Empresas privadas ( Micro empresa, Pequeña, Mediana empresa y Gran Empresa)

Personas Jurídicas privadas sin fines de lucro

Micro y pequeñas empresas que forman parte de cadenas de valor incluidas en el PLAN ESTATEGICO 2020.

Empresas radicadas en un Parque Industrial del RENPI

No podrán acceder empleadores que:

Realizaron despidos colectivos dentro de los 6 meses previos a la solicitud de adhesión;

Estén incluidos en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL);

Incumplan con sus obligaciones como empleadores frente al Sistema de la Seguridad Social.

Modalidades contractuales:

Ley de Contrato de Trabajo N°20.744  en todas sus modalidades menos la “Eventual”.  El contrato a “Plazo Fijo” deberá ser como mínimo por 4 meses.

Régimen de Trabajo Agrario Ley N°26.727

Trabajo en la industria de la Construcción Ley N°22.250.

 

  • Intermediación Laboral

A través de este servicio las empresas cuentan con el acompañamiento necesario en el proceso de reclutamiento y selección de personal. Se trabaja a partir de los perfiles laborales requeridos por los interesados, generando la convocatoria y llevando a cabo las entrevistas.

Quienes quieran obtener más información deberán comunicarse con la Oficina de Empleo  a través del número de teléfono: 03462-431977 o a través del correo electrónico: inespaitovi@venadotuerto.gov.ar

Deja un comentario