Según la decisión tomada por el Directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA), las entidades financieras y las empresas que prestan servicios vinculados podrán a partir del lunes 15 de noviembre realizar la atención presencial del público en general sin turno.
La norma del BCRA alcanza a:
– Entidades financieras
– Empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito y/o compra
– Los otros proveedores no financieros de crédito inscriptos
– Casas de cambio
– Empresas de cobranzas extrabancarias
En caso de optar por dar prioridad a la atención con turno, las entidades deberán exhibir esa condición en forma clara en sus páginas de Internet, el turno no podrá demorar más de tres jornadas hábiles y se deberá tramitar en forma sencilla a través de esas páginas o por otro medio electrónico y atenderse con celeridad. Si la capacidad de atención lo permite, se podrá atender con ambas modalidades, dando prioridad a la atención de los clientes que tienen turno y a personas que se presenten con su Certificado Único de Discapacidad vigente o con movilidad reducida.
Por último, las entidades alcanzadas por esta resolución están sujetas al estricto cumplimiento de las normas sanitarias y de las recomendaciones dispuestas por las autoridades sanitarias nacional y/o jurisdiccional, garantizando la provisión de los elementos sanitarios y de limpieza y el cumplimiento de las distancias interpersonales de seguridad estipuladas.