El Día del Censo será feriado nacional

ARTICULO 2º-Quedan prohibidas hasta las veinte (20) horas del día indicado para la realización del Censo, las funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas y en general toda clase de espectáculos y reuniones públicas al aire libre o en recintos cubiertos. Los restaurantes, confiterías, casas de expendio de bebidas y similares, rotiserías, panaderías y en general todo comercio de venta de artículos alimenticios y de bebidas y clubes, permanecerán cerrados hasta la hora indicada.

ARTICULO 3º-A los efectos salariales será de aplicación la legislación vigente en la materia para los días declarados feriados nacionales.

ARTICULO 4º-Toda infracción a lo dispuesto en los artículos precedentes, será sancionada de acuerdo con las normas en vigencia relativas al trabajo en el día feriado.

¿Hay que esperar a la persona censista en la vivienda?
Sí. El Día del Censo será feriado nacional para que todas las personas puedan esperar en sus viviendas a las personas acreditadas para censar. Si vas a salir de tu casa, asegúrate de que en todo momento haya una persona presente que pueda responder las preguntas o presentar el comprobante de finalización del Censo digital. No es necesario que la persona censista ingrese a tu hogar.

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